Kit Digital

SOBRE EL SERVICIO

¿Qué es el programa Kit Digital?

Un programa dirigido a pymes y autónomos, del Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital que te acompaña en tu proceso de transformación digital. Para que gracias a la tecnología puedas evolucionar y mejorar tu negocio.

 

Es un bono digital con una cuantía económica para que la administres escogiendo una o varias soluciones digitales.

El equipo de Pro&Pro te ofrece:

  • Gestión de redes sociales
  • Optimización SEO
  • Grabación y edición de fotografías y vídeos

PLAN DE ACCION

¿Qué pasos tienes que seguir?

Regístrate

Regístrate en www.acelerapyme.es y completa el test de autodiagnóstico. De esta forma, sabremos qué nivel de digitalización tiene tu empresa para poder ayudarte mejor y recomendarte servicios ajustados a tus necesidades.

Consulta

Consulta el catálogo de soluciones digitales, donde podrás escoger una o varias de las que ofrecen los agentes digitalizadores. Las que mejor se adapten a las necesidades de tu negocio.

Solicita la ayuda

Solicita la ayuda Kit Digital en la sede electrónica de Red.es (sede.red.gob.es). Completa todos los pasos del formulario.

Accede al catálogo de agentes

Accede al catálogo de agentes digitalizadores y decide con quién quieres desarrollar tu solución digital.

Ponte en contacto

Ponte en contacto con los agentes digitalizadores, suscribe el acuerdo de prestación de soluciones digitales y comienza tu cambio digital.

¿Сuáles son los requisitos para solicitar la ayuda?

Si cumples las siguientes condiciones, ¡el programa Kit Digital está hecho para ti!

  • Ser una pequeña empresa, microempresa o autónomo
  • Cumplir los límites financieros y efectivos que definen las categorías de empresas
  • Estar en situación de alta y tener la antigüedad mínima que se establece por convocatoria
  • No tener consideración de empresa en crisis
  • Estar al corriente de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social
  • No estar sujeta a una orden de recuperación pendiente de la Comisión Europea que haya declarado una ayuda ilegal e incompatible con el mercado común
  • No incurrir en ninguna de las prohibiciones previstas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones
  • No superar el límite de ayudas minimis (de pequeña cuantía)

Análisis de página web y redes sociales

Podemos analizar y hacer recomendaciones que puede implementar usted mismo o contactarnos en el futuro.

¿QUIERES CONTRATAR ESTE SERVICIO?

¡Contáctenos!

¡Rellene el siguiente formulario para ponerse en contacto con nosotros!